Hola como estan ?!, estabamos esperando esta noticia, la semana pasada ya lo habia adelantado la directora de Migraciones, y hoy finalmente salio en el Boletin oficial .

LA MODIFICACIÓN DE LA DDJJ ES PARA EL EGRESO !!! para ingresar SI!! SE COMPLETA!!!

Requisitos?? completar la DDJJ DE MIGRACIONES AL INGRESO! ( recordar que se completaba a la salida y al retorno de Argentina, en el caso de los Argentinos y los residentes) y poseer un seguro de Salud de Covid 19 ( en el caso de corresponder ) esto en el caso de los extranjeros.

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1°.- Establécese el conjunto de medidas que se detallan a continuación:

1. El ingreso de personas al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y del conjunto de medidas sanitarias que se detallan a continuación: a. Las personas extranjeras no residentes deberán cumplimentar los siguientes requisitos sanitarios: i. Completar la declaración jurada aprobada por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 3025/20, conforme la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N°1472/20, y sus complementarias, acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas de COVID-19, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje. ii.

Poseer UN (1) seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos. Aquellas personas que ingresen al territorio nacional por un plazo menor a VEINTICUATRO (24) horas y lo hagan por vía terrestre quedarán eximidas de lo solicitado en el párrafo anterior

Asimismo, quedan exceptuadas las personas extranjeras no residentes de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania que hayan emigrado con motivo del conflicto bélico que allí transcurre. Sin perjuicio de la excepción dispuesta, mientras permanezcan en situación migratoria transitoria deberán prever la contratación de UN (1) seguro de salud COVID-19 si no contaran con alguna otra modalidad de cobertura de salud.

b. Los argentinos, las argentinas y los y las residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA deberán completar la declaración jurada aprobada por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 3025/20, conforme la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1472/20 y sus complementarias, acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas de COVID-19, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas previas al inicio del viaje. Aquellas personas que ingresen al territorio nacional por un plazo menor a VEINTICUATRO (24) horas y lo hagan por vía terrestre quedarán eximidas de lo solicitado en el párrafo anterior.

c. En caso de detectarse o reportarse en el punto de entrada al país un caso positivo o sospechoso de COVID 19, se activará el Plan de Contingencia de ese Punto de Entrada, determinado por la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 04/13 “Requisitos Mínimos para Elaborar Planes de Contingencia para Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) en Puntos de Entrada Designados por los Estados Partes según el RSI (2005)”, incorporada al ordenamiento jurídico nacional mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 78 del 21 de enero de 2014.

d. Recomiéndase a las personas que ingresen al territorio nacional que no se encuentren vacunadas o que tengan esquema de vacunación incompleto la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las VEINTICUATRO (24) horas posteriores a su entrada al país. El costo de la prueba a la que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país. A todo efecto se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación.

Las personas menores de SEIS (6) años de edad están eximidas en todos los casos de practicarse la prueba PCR o de antígenos para el ingreso al país.

Ya se los habia adelantado!!, excelente noticia para nosotros!! y para todo el rubro del turismo!!

Saludos!

3 comentarios en “ARGENTINA YA NO TIENE REQUISITOS DE VACUNACION NI TEST PARA INGRESAR DESDE EL EXTERIOR ( actualizado)

  1. Buen día . Ósea que según entiendo si sos extranjero, residiendo en el extranjero sin pauta de vacunación podes ingresar igual sin hacer cuarentena ?

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