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Buen dia !, varios medios lo habían ” comentado” pero la realidad que hoy salio la info oficial del BOE.

les paso :

Se da una nueva redacción a la letra k) del artículo 1.1 de la Orden INT/657/2020,
de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción
temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países
asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis
sanitaria ocasionada por la COVID-19, que queda como sigue:
«k) Personas provistas de un certificado de vacunación contra el COVID-19 o
un certificado de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo de dicha
enfermedad, que el Ministerio de Sanidad reconozca con estos fines, previa
comprobación por las autoridades sanitarias.
Personas menores de 12 años.»

Dicho esto , se puede ingresar con vacunas aprobadas o con combinaciones ( por ej Sputnik )siendo a ultima vacuna una de las aprobadas por EMA , o Test negativo o Certificado de recuperación.

Les mando un abrazo!

Saludos!

4 comentarios en “ESPAÑA A PARTIR DEL 21 DE MAYO , SE PUEDE INGRESAR SIN VACUNAS. YA SALIO LA INFO EN EL BOLETIN OFICIAL.

  1. Hola! Una consulta.. no hace falta que sea el certificado de vacunación de la UE no? Con el de argentina y el formulario sería suficiente? Muchas gracias por toda la info! Muy útil!

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